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Lunes 11 de marzo de 2024 | Informe N° 5761
Normativa del día
Explicada por nuestros profesionales
COMENTARIO LABORAL

Fallecimiento del empleador

En el caso de fallecimiento del empleador la ley de contrato de trabajo ha previsto la posibilidad de extinguir el contrato de trabajo abonando una indemnización reducida prevista en el Art. 249 de la LCT.

En este sentido el Art. 249 prevé que: “Se extingue el contrato de trabajo por muerte del empleador cuando sus condiciones personales o legales, actividad profesional y otras circunstancias hayan sido la causa determinante de la relación laboral y sin las cuales ésta no podría proseguir.

En este caso, el trabajador tendrá derecho a percibir la indemnización prevista en el artículo 247 de esta ley.”


Algunas cuestiones a considerar al respecto es que la indemnización del Art. 249 de la LCT solo sería aplicable cuando el empleador es una persona física, porque cuando es una persona jurídica, sociedad, o un conjunto de personas estas continuarían con el vínculo.

Con lo cual en principio el fallecimiento del empleador no extingue el vínculo de la relación laboral, sino que se continua con su sucesores o continuadores.

Salvo en los casos en que la persona del empleador es un elemento esencial del contrato de trabajo, en cuyo caso el fallecimiento impide de por sí la continuidad de la actividad ya sea por el carácter profesional, la habilitación o la competencia que tenía el fallecido y que no cuentan sus sucesores.

Para la aplicación de la indemnización prevista en el Art. 249 de la LCT, los sucesores no deberían estar habilitados reglamentariamente para continuar con la actividad como sería el caso de actividades que requieren una habilitación especial, una titulación determinada o un conocimiento específico.

En este sentido, tiene entendido la Doctrina que no es la muerte del empleador lo que producirá la extinción del contrato, sino la imposibilidad material de cumplir con su objeto, en tanto dependía para su subsistencia (tenga éxito o no) de las condiciones personales del empleador, si no se da esta situación no procedería la desvinculación en los términos del Art. 249 de la LCT.

En estos casos el Art. 249 de la LCT fija que la indemnización prevista es la del Art. 247 de la LCT, es decir, la mitad de la indemnización por antigüedad que fija el Art. 245 de la LCT.

No correspondiendo en estos casos ni el pago del preaviso, ni el de la integración del mes de despido en virtud que la extinción de contrato no se produce por culpa o responsabilidad de las partes, sino por un hecho ajeno a estas como es el fallecimiento del empleador.-

COMENTARIO IMPOSITIVO

Omisión de impuestos. Graduación de sanciones. Ley Penal más benigna.

Para los ilícitos tributarios se consideran aplicables las normas del derecho penal salvo disposición legal en contrario o los supuestos de que la perceptiva legal fuera manifiestamente incompatible. No existe diferencia cualitativa ni ontológica entre el ilícito penal común y el ilícito de orden tributario teniendo en cuenta la identidad del bien jurídico tutelado que en sentido amplio sería la hacienda pública.

Entre las figuras que pueden aplicarse en materia de omisiones e ilícitos tributarios es la relativa a la retroactividad de la ley penal. La ley que reprime una conducta ilícita no puede juzgar retroactivamente, salvo cuando beneficie al infractor.

Es así, que el principio de la aplicación de la ley penal más benigna rige en materia tributaria penal.

En la causa “Inconar SRL c/DGI s/Recurso Directo de Organismo Externo” la Sala I de la Cámara Nacional Contencioso Administrativo Federal con fecha 08/08/2019 opinó que habiendo tenido por acreditados los aspectos objetivos y subjetivos de la infracción, la Cámara examinó si corresponde aplicar la ley 27430, por resultar de mayor lenidad con relación al sistema legal vigente al momento de los hechos.

Luego de analizar qué se entiende por ley penal más benigna, se confirmó la sentencia, pues en atención a los hechos acreditados en la causa y de conformidad con el régimen consagrado en la ley 27430, se entendió que le correspondería una multa equivalente a un cuarto (1/4) del 100% del impuesto omitido. En tanto, según las normas vigentes al momento de la comisión de la infracción, le correspondió una multa equivalente a un tercio (1/3) del 50% del gravamen omitido. Una interpretación integral de las normas en juego conduce a concluir que el régimen más benigno es el vigente al momento de aplicación de la sanción por parte del Fisco Nacional.

 
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DE INTERÉS
Refutamos los 11 grandes mitos de las entrevista de trabajo

Entre todas las reglas tácitas y las etiquetas, ser entrevistado puede ser un proceso terrible. Aquí te revelamos algunos conceptos erróneos comunes que es bueno tener en cuenta para aliviar el estrés.

Las entrevistas de trabajo requieren de mucho esfuerzo tanto del entrevistador como del entrevistado. Hay muchas guías y recursos sobre cómo salir bien librado de ellas, pero no siempre aciertan. Existen muchos mitos y conceptos erróneos que rodean el proceso de la entrevista laboral.

Échale un ojo a los once principales mitos sobre las entrevistas de trabajo que pueden impedirte dar lo mejor de ti.

Mito #1: Los empleadores siempre contratan a los candidatos más calificados

La mayoría de la gente piensa que el candidato más experimentado y calificado es el que se queda con el trabajo. ¿Por qué? El miedo a las entrevistas alimenta este mito. A pesar de lo que se dice, no es cierto.

Cuando te enfoca solo en las calificaciones, puedes pasar por alto factores como el ajuste cultural, las expectativas salariales y los rasgos de personalidad. Puede que no estén en tu mente, pero un empleador considera estas cosas al contratar. En otras palabras, un currículum perfecto puede no ser la opción correcta si la personalidad de un candidato no coincide con la cultura de la empresa.

Mito #2: Siempre es mejor llegar demasiado arreglado

La vestimenta de negocios incluye trajes, saco, corbatas y otra ropa formal. Seguro has escuchado el cliché: "Vístete para el trabajo que quieres, no para el trabajo que tienes". Sin embargo, si deseas conseguir un trabajo en una empresa donde las cosas son más relajadas, este consejo podría no ser el apropiado.

Vestirse bien es una buena manera de transmitir una impresión de la organización. Pero también debes de tomar en cuenta la cultura de la empresa. Además, la forma en que te vistas afectará tu confianza en ti mismo.

Mito #3: Si doy seguimiento después de la entrevista, pareceré desesperado

Mantenerte en contacto con el entrevistador demuestra tu proactividad y reafirma tu interés en el puesto. Sin embargo, estar demasiado ansioso o agresivo puede ser molesto y en realidad podría dañar tus posibilidades de quedarte con el puesto. Art Markman escribió en Harvard Business Review: "Los entrevistadores pueden manejar varios procesos y si todos los que entrevistaron se acercaran a ellos, su bandeja de entrada estaría desbordada".

Estas son las razones por las que es posible que desees enviar una nota al gerente de contratación de Markman:

La nota de agradecimiento. Puedes enviar tu primera nota al día siguiente de tu entrevista. Envía un correo electrónico breve agradeciendo al gerente de contratación por su tiempo. Sé breve y directo. Markman sugiere mencionar un aspecto específico sobre la entrevista o lo que aprendiste sobre la organización. Por último, expresa entusiasmo por su respuesta.

Seguimiento. Si no has recibido respuesta del gerente de contratación antes de la fecha en que dijo que te haría una oferta, mándale una nota. Apúntala en tu calendario para darle seguimiento si no has recibido respuesta después de una semana. Tan pronto como llegue el momento, envíale una breve nota.

La excepción. Ponte en contacto con el gerente de contratación si tu situación o tu cartera (tus habilidades, experiencia y logros) cambian significativamente entre ahora y la fecha de la entrevista.

La nota de comentarios. Si la entrevista salió bien, pero no te ofrecieron el trabajo, puedes enviar una nota adicional solicitando comentarios.

Mito #4: Una entrevista más larga produce mejores resultados

Por lo general, las entrevistas presenciales duran entre 45 y 90 minutos. Pero, ¿sabías que la mayoría de las decisiones de contratación se toman dentro de los primeros 90 segundos? Esto según Undercover Recruiter. ¿Cuál es el punto de dedicar 40 minutos a una decisión que debe tomarse en 90 segundos?

Alternativamente, ¿deberíamos confiar en una impresión de 90 segundos al tomar importantes decisiones de contratación? Definitivamente no.

Al final, todo se reduce a dos cosas:

Se deben evitar la pérdida de tiempo y las entrevistas largas.

Las preguntas correctas deben hacerse antes de emitir un juicio.

Mito #5: Debes convertir tus debilidades en fortalezas

Es casi un hecho que a los candidatos se les preguntará sobre sus fortalezas y debilidades durante una entrevista. Sin embargo, este tema puede conducir a la arrogancia o la falta de sinceridad. A menudo, los gerentes de contratación recibirán respuestas estudiadas que retratan una verdadera fortaleza como una debilidad. Un buen ejemplo sería decir: "Soy mi peor crítico".

En su libro, el autor de negocios Russell Reynolds Jr. escribió que la honestidad es la mejor política. Y recomienda que demuestres autorreflexión y capacidad para aceptar críticas constructivas.

Reynolds Jr. también recomienda evitar clichés y generalizaciones, y dar ejemplos específicos. "En lugar de eso, en el puesto que estás solicitando, describe cómo podrías utilizar estas habilidades".

¿Qué hay de tus debilidades? "No dejes que esta debilidad te impida ser un gran candidato; demuéstrele al reclutador que estás trabajando en esta debilidad y dile cómo", aconseja Reynolds.

Mito #6: Tu currículum explica tu historial laboral mejor que tú


Es importante recordar que, aunque tu currículum ofrece una buena visión general de tu historial laboral y calificaciones, no debes de asumir que habla por ti. De hecho, los empleadores miran los currículums durante un promedio de seis a siete segundos. Por lo tanto, no des respuestas generales y amplias.

Cada vez que te preguntan: "¿Por qué deberíamos contratarte?", están buscando algo más que una explicación, como "Soy el mejor en lo que hago". Dales ejemplos que demuestren tus logros y habilidades específicas que te ayudarán a tener éxito en su empresa.

Mito 7: Mantener tus respuestas cortas y dulces siempre es mejor


Además del punto anterior, muchos solicitantes de empleo creen que las respuestas cortas de la entrevista aceleran el proceso. Durante una entrevista, un posible empleador no solo está interesado en tus habilidades y educación, sino que también analiza cómo te presentas. Para el entrevistador, es importante escuchar respuestas y observaciones reflexivas, precisas y relevantes.

En resumen, esta es tu oportunidad de venderte, así que aprovéchala. Tómate el tiempo que necesites.

Mito #8: Serás entrevistado por un profesional con experiencia y capacitación en entrevistas

Lo más probable es que te entrevistes con un gerente o compañero de trabajo, no con un profesional de recursos humanos. Eso significa que puedes esperar que lo siguiente sea cierto:

Rara vez se proporciona capacitación a los entrevistadores.

También es común que los entrevistadores sobreestimen tus habilidades.

Es por eso que los entrevistadores suelen tener preguntas favoritas que según ellos revelarán el verdadero carácter de un solicitante. La compañía podría incluso hacer preguntas inesperadas o irrelevantes. Sin embargo, aquí está la cosa: esas preguntas engañosas rara vez conducen al éxito laboral. La mejor manera de aprovechar estas preguntas para tu beneficio es proporcionar detalles y ejemplos concretos y específicos en tus respuestas, en lugar de respuestas largas y genéricas.

Mito #9: Nunca hables de dinero

El gerente de contratación podría pedirte que le digas tu requisito salarial de inmediato. Además de ponerte en el lugar, esta pregunta puede llevarte a una esquina donde no puedes negociar. La coordinadora del programa de Idealist Careers, Victoria Crispo, explicó a un medio de comunicación que eso no es necesariamente cierto:

"Cada vez que se menciona accidentalmente una cantidad en dólares, te arrepientes", dijo Crispo.

Agregó que decir algo como esto puede ayudar a que la conversación siga fluyendo: "Mi solicitud de rango salarial se basa en una comprensión profunda de tus necesidades después de hablar contigo en persona".

Para respaldar tu solicitud, sugiere mencionar cualquier cosa hablada durante la entrevista, "como tu experiencia relacionada con el puesto o trabajar más de 40 horas a la semana".

Mito #10: Solo se te permite hacer preguntas al final

Prepara una o dos preguntas que puedas hacerle al entrevistador cuando te pregunte si tienes alguna duda. Pero no te quedes ahí. Si tienes alguna pregunta adicional, no dudes en hacerla. Preguntar te hace ver más comprometido y reduce tus posibilidades de olvidar tu pregunta más tarde.

Tener una conversación bidireccional durante la entrevista siempre es una buena idea. Tanto el empleador como el candidato se benefician de una entrevista de trabajo. Después de todo, permite que ambas partes aprendan más el uno del otro.

Mito #11: El trabajo debe comenzar inmediatamente

La pregunta estándar de la entrevista, "¿Cuándo puedes empezar?" le provoca escalofríos al entrevistado. ¿La razón? Siente miedo porque no sabes cómo van a reaccionar. Eso da lugar a otro mito de la entrevista: si te contratan, debes comenzar a trabajar de inmediato.

No temas — es poco probable que tengas que comenzar tu nuevo trabajo mañana.

Es común que los empleadores estén familiarizados con las disposiciones estándar en los contratos de trabajo. Ya a que conocen los procedimientos, la respuesta a esta pregunta les interesa. Un nuevo empleador no pensará muy bien de ti si dejas tu posición actual de inmediato.

Si estás decidiendo o respondiendo una pregunta, date tu tiempo. Si te ofrecen un trabajo, te sugiero comenzar dos semanas después de recibir la oferta. Y no olvides que un período de 48 horas para pensarlo es aceptable.

Fuente: www.entrepreneur.com

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